Resolución 177/2010 – Auditorías y Pago del 7% La Ley 25.922 Instituyó un régimen de Promoción de la Industria de Software, facultando en su artículo 24 a la Autoridad de Aplicación a realizar Verificaciones, Controles y Evaluaciones; la Resolución 177/2010 del Ministerio de Industria, dispuso que las mismas serán solventadas por los beneficiarios del régimen, abonando en concepto de “retribución” un 7% calculado sobre el monto de los beneficios fiscales que se otorgaron. Asimismo, estipuló que el comprobante de pago deberá presentarse ante la Autoridad de Aplicación dentro del plazo de 5 días corridos a partir de que opere el vencimiento del pago sobre el que se otorgan los beneficios establecidos en los Arts. 8 y 9 de la Ley 25.922. Por último, determinó que respecto al beneficio generado por el Art. 8 (generación del bono de crédito fiscal calculado sobre el 70% de las contribuciones efectivamente pagadas) correspondientes al presente año, los beneficiarios deberán ingresar los importes respectivos en un pago único, junto con el primero que resulte exigible.