Análisis de la Ley de Promoción de la Industria del Software. Implacancias en las empresas y en nuestra región. Leer nota Publicado: 19-09-11
Publicado: 19-09-11
Por Fabián Longhitano *
El pasado 17 de agosto del corriente año, la presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner promulgó la nueva Ley de Promoción de la Industria del Software (26.692), modificatoria de la 25.922. Esta nueva normativa tendrá una extensión como vigencia hasta el 31 de diciembre del 2019.
En primer lugar es importante destacar y resaltar cuáles son sus implicancias para aquellas empresas que deseen obtener estos beneficios. Como primer punto a resaltar, ya no se permite la presentación de personas físicas, sino sólo de personas jurídicas. También podrán adherirse aquellas que desarrollen en el país y por cuenta propia y tengan como actividad principal actividades definidas en el artículo 4º de la presente ley que cumplan con al menos dos de las siguientes condiciones:
a) Acreditación de gastos en actividades de investigación y desarrollo de software;
b) Acreditación de una norma de calidad reconocida aplicable a los productos o procesos de software, o el desarrollo de actividades tendientes a la obtención de la misma;
c) Realización de exportaciones de software; en estos casos deberán estar necesariamente inscriptos en el registro de exportadores de servicios que la Administración Federal de Ingresos Públicos creará a tal fin.
Los beneficiarios del presente régimen gozarán de estabilidad fiscal por el término de la vigencia del presente marco promocional. El bono de crédito fiscal no es computable para la determinación de la ganancia neta en el Impuesto a las Ganancias, que hasta el momento era resuelta según el criterio particular de cada empresa.
A los fines que las empresas pueden utilizar efectivamente el bono de crédito fiscal, se dispone que los beneficiarios no serán sujetos pasibles de retenciones ni percepciones de IVA y que la AFIP expedirá constancia de no retención específicamente relacionada con el régimen.
En cuanto al beneficio referido al impuesto a las ganancias, la reducción del 60% comenzará a aplicarse tanto a las ganancias de fuente argentina como a las de fuente extranjera y, por último, aparece que no será exigible presentar un proceso de certificación de calidad como condición ineludible para ingresar al régimen, otorgando un plazo de tres años desde la inscripción en el régimen para que los beneficiaros realicen la mencionada certificación.
También resulta fundamental tener en cuenta algunos datos relevantes:
En los últimos seis años, el sector del software creció 278% en ventas, 329% en exportaciones y 240% en mano de obra contratada.
El aporte del sector al PBI se incrementó de US$ 170 millones en 2004, a US$ 730 millones el año pasado. En total, la industria emplea a 60.000 trabajadores, superando a los 19.000 que había en 2003. El año pasado registró ventas por US$ 2600 millones, de los cuales US$ 663 millones fueron exportaciones.
Según una estimación de Industria, para 2020 se triplicarán las ventas del sector y se alcanzarán los US$ 7400 millones; se duplicarán los empleos del sector, y se cuadruplicarán las exportaciones, que llegarán a los US$ 3000 millones, el 40% de las ventas totales del sector.
Sin dudas que, desde el Polo Tecnológico de Rosario, se ve con buenos ojos lo beneficios que otorga la ley para las empresas. Desde el 2007 a la fecha se constituyeron desde el Centro de Calidad e Innovación del Polo 10 grupos asociativos con el objetivo que empresas de base tecnológica certifiquen la Norma ISO 9001:2008 (una de las condiciones para acceder a la Ley). En ese marco ya llegan a 30 las que lograron la certificación. Por otra parte, según el último relevamiento realizado en el PTR, el 25% de las empresas asociadas ya poseen el beneficio y un 10% lo está tramitando.
* Licenciado en Sistemas egresado de la UTN Rosario. Durante años trabajó como consultor en mejoras de procesos a empresas de software. Se desempeñó en el Polo como Gerente del Centro de Calidad y, en la actualidad, es Director de Operaciones de la institución.