22 enero, 2021

Charla exclusiva para socios: Ley de Economía del Conocimiento

charla Ley economia del conocimiento
Ayer llevamos adelante de manera online la charla “Nueva Ley de Economía del Conocimiento: reglamentación y últimas resoluciones” a cargo de Alicia Macoritto. La Ley Nº 27506 de Economía del Conocimiento fue sancionada a fines del año 2020 y se reglamentó a partir de enero 2021.
Esta Ley tiene como objetivo promocionar actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.
A la charla, que fue EXCLUSIVA para Socios del Polo Tecnológico, se sumaron más de 70 participantes.

 

Algunos puntos importantes de la nueva ley:

– El régimen de promoción estará vigente desde el 1 de enero del 2020 hasta el 31 de diciembre de 2029.
– Las actividades comprendidas son la industria del software; la producción audiovisual en formato digital; la biotecnología, bioinformática e ingeniería genética; nanotecnología y nanociencia; industria aeroespacial y satelital; e ingeniería para la industria nuclear.
– Las empresas deberán acreditar que el 70% de su facturación del último año esté vinculadas a las actividades promovidas.
– Las empresas que accedan al régimen podrán convertir en un bono de crédito fiscal hasta el 70% las contribuciones patronales abonadas
– El bono será intransferible y puede utilizarse en el transcurso de 2 años, con posibilidades de una prórroga por otros 12 meses. Servirá para cancelar tributos nacionales pero no para el impuesto a las Ganancias.
– Los beneficiarios deberán acreditar la realización de mejoras continuas en la calidad de sus servicios e invertir en la capacitación de sus empleados.
– Las empresas que inviertan en capacitar a desocupados menores de veinticinco y mayores de 45 años o mujeres que accedan por primera vez a un empleo formal, podrán computar por el doble de su valor.
– El beneficio ascenderá al 80% de las contribuciones patronales cuando se trate de nuevas incorporaciones laborales de mujeres, personas travestis, transexuales y transgénero, profesionales con estudios de posgrado en materia de ingeniería, ciencias exactas o naturales; personas con discapacidad; o personas residentes de “zonas desfavorables”

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